EL EXPEDIENTE URIBE
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Foto: Gabriele Siegrist |
Cuando la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia tomó la decisión de decretar medida de aseguramiento al entonces senador, muchos colombianos pensamos que al final nadie escapa a la justicia.
No siendo mi campo
profesional el tema jurídico, pero si el de las instituciones, referidas estas
a las reglas de juego que una sociedad define para vivir en un estado de
derecho con un modelo económico y social con equidad y en democracia, contrario
al pensamiento Uribe, he seguido el proceso contra el jefe del Centro
Democrático, porque este caso puede definir el cierre o la continuidad de una
saga de fanatismo fascista, terror y corrupción que lleva cuarenta años desde
que ÉL está en la vida pública.
Los cargos por fraude
procesal que llevaron a su detención preventiva, lo cual significa que engañó a
los magistrados de esa Sala de la Corte, fue urdido desde su curul de senador, razón
suficiente para declararle la casa por cárcel o una medida más severa que cabía
por la gravedad del delito y el peligro de que en libertad siguiera urdiendo falsedades
contra el senador Iván Cepeda.
De la ley 600 a la ley 906:
de la justicia a la impunidad
Si renunciaba al senado
perdía el fuero, y descendía de la justicia de los magistrados a la justicia ordinaria,
de fiscales y jueces, y eventualmente volvería en una segunda instancia a la
Corte si el proceso llega hasta allá, lo cual es difícil porque unos inermes
fiscales y jueces escogidos a dedo, no se atreverán contra una maquinaria que
arrasa a quien esté contra ÉL.
Por sentido común, una
persona con trayectoria de presidente y senador nunca debe perder su condición
de aforado, para que unas instancias menores se ocupen de ÉL porque por arte de
magia se volvió para la “justicia” un ciudadano común.
La ley 906, creada en su
primer gobierno, está diseñada para que en caso de faltas graves o demasiado
graves, ÉL pueda quedar libre de toda sospecha después de sus días de “gloria”,
aquellos que dejaron bajo tierra cientos de miles de ciudadanos y campesinos,
columnas interminables de horrorizados campesinos desplazados, porque millones
de hectáreas de tierra fueron robadas a sangre y fuego a trabajadores, y pequeños
agricultores y ganaderos.
Por un simple mecanismo,
casi que de forma, de un nivel de magistrados de Corte, se pasó a una instancia
menor: fiscal y juez de garantías. Así pierde su condición de aforado lo cual
no debería ocurrir porque por sentido común, a mayor investidura mayor peso de
la justicia por mayor responsabilidad con el Estado. No se puede tener todos
los beneficios para unas cosas y perderlos sin perder nada cuando se trate de
evadir faltas graves. Si Uribe ya no es aforado no le cabría ni la pensión de
expresidente, porque renunció a esa condición, pues hoy es un ciudadano del
común.
Si de lógica se trata, no
puede seguir siendo expresidente y exsenador y volverse ciudadano común cuando
penalmente le conviene. La ley 906 es tramposa con las instituciones, con la sociedad,
con el sistema de justicia, con la constitución e indigna para la investidura
de exgobernante de una nación. La Corte Constitucional se equivocó de fondo.
Bajo ninguna circunstancia
un expresidente o senador debe dejar los estrados de la Corte Suprema. Es asunto
de coherencia teórica, de pensamiento y de solidez institucional. A la Corte Suprema le fueron cercenando
espacios desde la ley 906, y luego con la segunda instancia, volviendo casi que
imposible que haya justicia para los aforados en un país de tanta barbarie y
delito cometido por decenas de ellos. La segunda instancia para los aforados
funciona en países normales, pero no aplica en éste de anormales.
En Colombia, los entramados
penales son eternos, enredados, difusos y confusos, por la cantidad de normas que
se cruzan, entrecruzan, plagadas de micos perversos, entonces, esa telaraña se
enreda en interpretaciones y en un supuesto sistema garantista pero garantista
de criminales, corruptos y bandidos.
Cuando hay un sistema de
justicia con tantas ambigüedades, que da pie a ene mil interpretaciones, con
posibilidades casi que infinitas para justificar decisiones que dejan el sabor
o la duda de su consistencia y transparencia, se refleja cuando lo actuado por
la Corte Suprema en el marco de la ley 600, para los abogados del investigado
pierde valor bajo la ley 906, a pesar de que fueron pruebas allegadas de manera
legal en un contexto procesal legal adelantado por el tribunal con el mayor
nivel constitucional. También se equivocó la Procuraduría General de la Nación.
Esa decisión le costará la presidencia a Carrillo.
Que un fiscal y un juez
lleguen a desconocer, con arrogancia y/o desprecio, las decisiones de la alta
Corte, por orden del equipo de defensa liderado por el exfiscal Gómez Méndez, es
una bofetada a la justicia, a la constitución y a las instituciones. Por
sentido común, coherencia conceptual y valor institucional, no creo que sea legal
y éticamente correcto ese traslado de la Corte a la Fiscalía. En todo caso,
desde cualquier perspectiva interpretativa, el fiscal del caso debe continuar a
partir de la decisión de la Corte Suprema dado el monumental acervo probatorio
recabado dentro de un proceso legal de una instancia superior, y no comenzar de
cero, lo cual sería improcedente.
La ley 600 debe derogarse
para evitar en el futuro más burlas a la sociedad y al estado, una vez la Corte
decida sobre el futuro de las investigaciones y demandas contra Uribe por genocidio
y crímenes de lesa humanidad. Falta que Colombia conozca cuáles de esas
denuncias son de los años de cuando fue gobernador, y cuáles cuando presidente.
El caso de los falsos positivos ¿dónde está?, porque esa no fue una acción de
guerra, fue un masivo crimen de lesa humanidad de seres indefensos que nada
tenían que ver con las FARC u otro grupo insurgente o paramilitar. El número de
masacres, desaparecidos y muertos ha sido el más alto en los gobiernos del
investigado. Sería alucinante que esos delitos contra la humanidad no los
decida la Corte Suprema, sino un fiscal y un juez que ninguna garantía pueden
dar.
¿Justicia en la Corte
Suprema? ¿Impunidad en la Fiscalía?
Dicen algunos medios que las
demandas correspondientes al período como gobernador, van a la fiscalía, y las
que corresponden a los ocho años como presidente de la república, a la comisión
de absoluciones del congreso de la república. Sería otra bofetada a la
justicia, a los millones de víctimas, pisotear la tumba de los asesinados y
desaparecidos, infame ofensa a sus familias, y burla a las instituciones y a la
comunidad internacional. Ni el fraude procesal debió pasar a la fiscalía, y
menos podrían ir las demandas por genocidio y crímenes de lesa humanidad. La
Corte aún no ha dicho nada.
En este contexto cabe preguntar.
¿Por qué Uribe y su defensa insistían en llevar el Expediente Uribe a la
Fiscalía como si allá estuviera garantizada una absolución? Es decir ¿en la
Fiscalía los casos están ganados de antemano? ¿con los jueces también? ¿existen
funcionarios expresamente vinculados a la rama para absolver, precluir y prescribir?.
Estados Unidos y la
desclasificación de información sobre Uribe
Mientras la barbarie se profundizaba,
a la potencia del norte no le importaba la violación de los derechos humanos en
el patrio trasero, porque el centro era la lucha contrainsurgente y tener a
Colombia como contención contra el chavismo. Los gringos cayeron en la trampa
del establecimiento colombiano, de que todos los males de éste país se
derivaban de las FARC. Se acabaron las FARC y Colombia no es hoy un país mejor.
El narcotráfico y su nuevo auge se debe a la guerrilla que abandonó las armas,
pues en armas regulaban la producción. Y ha quedado claro que la ola de
asesinatos de líderes sociales y las masacres, no eran solo asunto de la
exguerrilla sino de otros actores perversos que ahí siguen y que son miles y
cada vez más.
Es evidente que Uribe no era
ajeno ni está a salvo de culpabilidad en tanta barbarie. Bush II le dio carta
blanca y Uribe le regaló la economía con el TLC, la confianza inversionista y
la compra de armamento. Fue una transacción peligrosa y nefasta. Estados Unidos
fracasó en sus objetivos contra Venezuela y se equivocó en su mirada de la
realidad del patio trasero. Antes había un enemigo principal, la FARC, ahora
hay una manotada de enemigos principales, dispersos, diversos y difíciles de
ubicar y desmantelar. Ahora hay más corrupción, más narcotráfico y los crímenes
de lesa humanidad han regresado.
Sin embargo, los años pasan
y los documentos que sobre la guerra en Colombia tiene la CIA, se están
desclasificando, porque siempre han sabido que Uribe es mucho más que un
autoritario contrainsurgente. Esos archivos desclasificados recorren todas las
posibles relaciones de Uribe con el narcotráfico desde antes de ser gobernador,
y seguramente serán usados por la justicia norteamericana, de Colombia, de la
Corte Penal Internacional, y se sumarán a las demandas de las víctimas de aquí
y en el resto del mundo.
La Corte Penal Internacional
La furia de Uribe con el
acuerdo de paz no es por la supuesta impunidad en la JEP con los exguerrilleros
de las FARC, y su odio a Santos no se debe a los tres huevitos, es porque todo
el acuerdo de paz se enmarca en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Cuando se lee el Estatuto - cuya lectura recomiendo -, en los crímenes de lesa
humanidad ahí consignados (artículos 25, 27, 28, 29, 32 y 33) cabe todo el Expediente
Uribe, incluido el fraude procesal cometido contra la Corte Suprema en el caso
Cepeda (artículo 70), porque puede haber conexidad con genocidios y crímenes de
lesa humanidad, como dice la demanda del exfiscal Montealegre presentada en la
Corte Suprema contra Uribe, usando la metodología del delito sistema que llevó
a la Fiscalía para cambiar el modelo de investigación, el cual debe usarse en
el estudio del Expediente Uribe por el fiscal a cargo.
Cuando se lee el Estatuto no
se entiende la decisión final de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de
Justicia, de no sostener el Expediente bajo su competencia, dejando un sabor
agridulce, y al final generando dudas sobre su actuación final después de un
esfuerzo jurídico monumental y contundente.
Precluir o dejar vencer
términos no ampara al demandado de terminar en la CPI. Puede dilatar el proceso
pero no para siempre. Los archivos desclasificados serán un arsenal de nuevas
pruebas y la reafirmación y ampliación de otras. La reforma a la justicia debe
esperar, porque no creo que los aforados quieran una reforma donde la
criminalidad y la corrupción no tengan espacio.
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